El Proyecto de Ley 4 del Senado crea nuevos delitos penales estatales de inmigración y autoriza y obliga a los jueces del Estado de Texas a dictar órdenes de retorno a un país extranjero

El Proyecto de Ley 4 del Senado crea nuevos delitos penales estatales de inmigración y autoriza y obliga a los jueces del Estado de Texas a dictar órdenes de retorno a un país extranjero 

SB 4 crea tres nuevos delitos penales de inmigración estatales de Entrada Ilegal, Reentrada Ilegal y Negativa a Regresar a Nación Extranjera. El SB 4 también autoriza y exige a los jueces estatales que emitan órdenes para devolver a las personas acusadas de entrada ilegal, reingreso ilegal y negativa a regresar a un país extranjero al país extranjero desde el que entraron en Texas.  

 

El SB 4 crea tres nuevos delitos estatales de inmigración 

  1. Entrada ilegal 

El nuevo delito de Entrada Ilegal hace ilegal bajo el Código Penal de Texas Sec. 51.02 que un no-ciudadano entre en Texas desde una nación extranjera en cualquier lugar que no sea un puerto de entrada punible con hasta seis meses de cárcel o hasta dos años de prisión si una persona ha sido condenada previamente por este delito. Un "puerto de entrada" es definido como uno designado por 19 C.F.R. 101 que se refiere a un lugar designado por el Presidente, el Tesoro, o el Congreso para aceptar aduanas y presumiblemente para procesar viajeros.  

Existen cuatro defensas afirmativas 

Hay cuatro defensas afirmativas que se pueden presentar ante la fiscalía en el juicio por entrada ilegal. La primera defensa afirmativa es que la persona tiene “presencia legal” en los Estados Unidos. La segunda defensa afirmativa es que a la persona se le ha concedido asilo. La tercera defensa afirmativa es que la conducta de la persona no constituiría un delito según la ley federal de entrada ilegal 8 USC 1325(a). La cuarta defensa afirmativa es que a la persona se le aprobó la Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA) entre el 15 de junio de 2012 y el 16 de julio de 2021. 

Las defensas afirmativas sólo pueden oponerse en el juicio (tras la detención y el procesamiento) 

Incluso si una persona califica para una de las cuatro defensas afirmativas, todavía será arrestado y ni siquiera será capaz de plantear la defensa afirmativa hasta después de la detención y encarcelamiento en su juicio. Esto significa que cualquier no ciudadano que haya entrado en Texas por un lugar que no sea un puerto de entrada será detenido aunque se encuentre legalmente en los Estados Unidos. Por ejemplo, alguien que es un residente permanente legal, un beneficiario de DACA o una persona a la que se le había concedido asilo, todavía sería arrestado y tendrá que probar en su juicio una de las cuatro defensas afirmativas más allá de una preponderancia de la evidencia. Además, la "presencia legal" no está definida en la ley estatal o federal y puede incluir a personas que han sido procesadas por las autoridades federales de inmigración y tienen autorización para permanecer en los Estados Unidos, incluidos los inmigrantes a los que el gobierno federal ha concedido libertad condicional o autorización de trabajo. Esto significa que incluso alguien aquí con permiso del gobierno federal todavía puede ser procesado, expulsado y/o condenado por Entrada Ilegal. 

  1. Reingreso ilegal 

El nuevo delito de Reingreso Ilegal considera ilegal, en virtud de la Sección 51.03 del Código Penal de Texas, que un no ciudadano entre, intente entrar o se encuentre en Texas después de que la persona haya sido expulsada u ordenada su expulsión (o se le haya denegado la admisión, excluido o deportado) de Estados Unidos y se castiga con penas de hasta un año de cárcel y hasta veinte años de prisión dependiendo de si la persona tiene condenas penales anteriores. 

No hay defensas afirmativas para el Reingreso Ilegal. Esto significa que cualquier persona que haya sido expulsada u ordenada su expulsión (o denegada su admisión, excluida o deportada) por el gobierno federal o estatal y que luego haya sido encontrada entrando o se encuentre en cualquier lugar de Texas estará sujeta a enjuiciamiento, condena y expulsión por Reingreso Ilegal, incluso si posteriormente se le hubiera concedido estatus legal.  

  1. Negativa a regresar a un país extranjero 

El nuevo delito de Negativa a Regresar a un País Extranjero hace que sea ilegal bajo el Código Penal de Texas Sec. 51.04 que un no ciudadano se niegue a cumplir con una orden de regresar a un país extranjero punible con hasta veinte años de prisión. En virtud de la SB4, se ordenará a una persona que regrese a la nación extranjera a la que entró.  

Texas de aunque no sean ciudadanos de esa nación y serán procesados por Negativa a Regresar a Nación Extranjera aunque no puedan cumplir la orden o cambien de opinión después de que se haya dictado la orden.   

El SB 4 autoriza y obliga a los jueces a ordenar a los no ciudadanos que regresen a un país extranjero 

El proyecto de ley SB 4 establece tres formas en las que un juez estatal puede ordenar a un no ciudadano que regrese a una nación extranjera.  

  1. Prejudicialización por un Juez de Primera Instancia 

La primera manera en que una persona puede ser ordenada a regresar a una nación extranjera es después de que una persona es arrestada por Entrada Ilegal o Reingreso Ilegal, un juez magistrado durante el magisterio puede ordenar que la persona sea liberada y ordenada a regresar a la nación extranjera donde la persona entró si la persona está de acuerdo con la orden, no ha sido condenada previamente por Entrada Ilegal o Reingreso Ilegal y si la persona no es acusada de otro delito punible como un Delito Menor Clase A o mayor.   

  1. Prejudicialización por un Juez 

La segunda manera en que una persona puede ser ordenada a regresar a una nación extranjera es después de que una persona es arrestada y juzgada por Entrada Ilegal o Reingreso Ilegal, un juez puede en cualquier momento y en lugar de continuar con el enjuiciamiento ordenar a la persona a regresar a la nación extranjera donde la persona entró si la persona está de acuerdo con la orden, no ha sido condenada previamente por Entrada Ilegal o Reingreso Ilegal y si la persona no está acusada de otro delito punible como un Delito Menor Clase A o superior.   

  1. Post-adjudicación por un Juez 

La tercera forma en que se puede ordenar a una persona que regrese a una nación extranjera es después de una condena por Entrada Ilegal o Reentrada Ilegal, un juez debe ordenar a la persona que regrese a la nación extranjera en la que entró.   

Otras disposiciones del SB 4 

  • Prohibición de supresión 

El artículo 5B.003 prohíbe específicamente que un tribunal suspenda el enjuiciamiento por entrada ilegal o reentrada ilegal si está pendiente o se va a iniciar una determinación federal relativa a la situación migratoria de la persona. Un no ciudadano con una solicitud de inmigración pendiente (o una solicitud de inmigración esperada) será procesado y se ordenará su expulsión del país, incluso si la persona es elegible para el alivio. La prueba de una solicitud de inmigración pendiente no sólo no se considerará como una defensa afirmativa, sino que también puede incriminar a la persona al proporcionar pruebas de que la persona no es ciudadana y entró en Texas sin inspección. 

  • Inelegibilidad para supervisión comunitaria, libertad condicional y libertad bajo vigilancia obligatoria 

El artículo 42A.059 hace que una persona condenada por Entrada Ilegal no pueda optar a supervisión comunitaria (libertad condicional), lo que significa que cualquier condenado tendrá que cumplir penas de cárcel. El artículo 508.145 del Código Gubernamental se modifica para establecer que una persona condenada por un delito grave de Reingreso Ilegal o Negativa a Regresar a un País Extranjero no podrá ser puesta en libertad condicional ni bajo supervisión obligatoria. Toda persona condenada por un delito de Entrada ilegal, Reentrada ilegal o Negativa a regresar a un país extranjero tendrá que cumplir la totalidad de su pena de prisión y deberá ser trasladada a un país extranjero una vez cumplida su condena. 

  • Responsabilidad e indemnización por determinadas reclamaciones relacionadas con la aplicación de determinados delitos penales de entrada ilegal en Texas 

El proyecto de ley SB4 modifica el Código de Prácticas y Recursos Civiles para proporcionar inmunidad de responsabilidad e indemnización por daños y perjuicios derivados de la aplicación de la entrada ilegal, el reingreso ilegal y el retorno a un país extranjero. 

Preguntas sobre SB4 

¿Cómo pueden aplicarse estas leyes? El SB4 puede aplicarse durante cualquiera de los tres niveles de encuentros policiales que pueden producirse entre las fuerzas del orden y los miembros del público y que darán lugar a una detención y expulsión por un delito contemplado en el SB4: 1.) encuentros consensuados que no requieren sospecha de delito; 2.) parada de investigación que requiere sospecha razonable de actividad delictiva; y 3.) causa probable para la detención.   

Encuentro consentido: Cualquier persona puede ser interrogada en cualquier momento y en cualquier lugar (excepto en las áreas específicamente exceptuadas) sobre su estatus de ciudadanía y si la persona entró en Texas desde una nación extranjera por un lugar que no sea un puerto de entrada legal. Las fuerzas del orden no tienen que tener una razón o base alguna de que una persona ha cometido un delito o hecho algo malo para tener un "encuentro consensual" y empezar a interrogar a una persona sobre cómo entró en Texas y si una persona ha sido expulsada o se ha ordenado su expulsión de los Estados Unidos. Aunque el cumplimiento de un encuentro consensual no es obligatorio y una persona es libre de negarse a hablar con las fuerzas del orden y abandonar la situación, cualquier información incriminatoria proporcionada durante este encuentro puede conducir a una detención. Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley no tienen que proporcionar advertencias Miranda y no están obligados a avisar a la persona de que no es obligatorio someterse al interrogatorio durante los encuentros consensuados. Si un no-ciudadano (o una persona incapaz de probar su estado de ciudadanía en el momento del interrogatorio) admite haber entrado en Texas desde una nación extranjera en un lugar que no sea un puerto de entrada, eso es suficiente causa probable para detener y expulsar a esa persona por Entrada Ilegal. Del mismo modo, si un no-ciudadano ha sido previamente expulsado de Texas (o se le ha negado la admisión, excluido o deportado o salido del país después de haber sido ordenado así) y es encontrado en cualquier lugar de Texas por la policía, eso es suficiente causa probable para arrestar y detener a esa persona por Reentrada Ilegal. Ejemplos de encuentros consensuales incluyen entablar conversación con alguien en un sitio de trabajo, caminando por la calle o en un estacionamiento.  

Parada de investigación: Las fuerzas del orden pueden realizar una parada de investigación y detención basándose en una sospecha razonable de que una persona está involucrada en una actividad delictiva. En lo que se refiere a la Entrada Ilegal, la sospecha razonable puede incluir cualquier hecho y circunstancia que haga creer a las fuerzas del orden que una persona no es ciudadana y que ha entrado en Texas procedente de un país extranjero por un lugar que no sea un puerto de entrada. Durante una detención de investigación, aunque la persona no se le permite salir, no tienen que hacer ninguna declaración (aunque la aplicación de la ley también no está obligado a proporcionar Miranda advertencias previas a cualquier interrogatorio).  

Detención basada en una causa probable: Si un oficial de la ley tiene causa probable para creer que una persona ha entrado en Texas desde una nación extranjera desde un lugar que no sea un puerto de entrada, eso es suficiente para detener a esa persona por Entrada Ilegal. La causa probable puede basarse únicamente en las respuestas a las preguntas y puede formarse durante un encuentro consensual o una parada de investigación en la que Miranda no es necesario leer las advertencias antes de interrogar (Miranda Las advertencias sólo se requieren después de que una persona ha sido puesta bajo custodia y está siendo interrogada). Las defensas afirmativas de presencia legal, DACA y una concesión de asilo no anularán la causa probable y no serán consideradas durante un arresto o registro por Entrada Ilegal.  

Del mismo modo, si un agente de la ley tiene conocimiento (ya sea a través de una comprobación de base de datos o por medio de interrogatorios) que un no ciudadano ha sido expulsado previamente de Texas (o negado la admisión, excluido o deportado) y se encuentra en cualquier lugar de Texas, eso es suficiente causa probable para arrestar y detener a esa persona por Reingreso Ilegal (si han sido previamente expulsados de los Estados Unidos). No hay defensas afirmativas que se puedan presentar en cualquier momento por un cargo de Reingreso Ilegal. 

¿Dónde pueden aplicarse estas leyes? No hay ningún requisito de que un oficial de la paz observe físicamente a una persona entrar en Texas fuera de un puerto de entrada por lo que cualquier no-ciudadano, o incluso un ciudadano que no puede demostrar que él / ella es un ciudadano, en cualquier lugar de Texas estará sujeto a ser interrogado, detenido y arrestado en virtud de los nuevos delitos de Entrada Ilegal, Reingreso Ilegal y Negativa a Regresar a Nación Extranjera. Las únicas excepciones son que una persona no puede ser detenida por Entrada Ilegal o Reingreso Ilegal en una escuela primaria o secundaria, una iglesia, sinagoga u otro lugar de culto establecido. Una persona no puede ser detenida en un centro de salud o en un centro SAFE-ready, pero sólo esa persona está allí para recibir tratamiento médico, por lo que una persona todavía podría ser detenida en un centro de salud o SAFE-ready si está allí acompañando a un familiar o amigo que está recibiendo tratamiento. En particular, el SB4 no prohíbe la aplicación de la ley ni las detenciones en los campus universitarios. 

¿Quién puede hacer cumplir estas leyes? Cualquier agente de la paz en Texas, según se define en el Artículo 2.12 del Código de Procedimiento Penal de Texas (que enumera 35 tipos distintos de agentes de la paz) puede hacer cumplir estas leyes y detener a personas que crean que no son ciudadanos por Entrada ilegal, Reentrada ilegal y Negativa a regresar a un país extranjero en cualquier lugar de Texas. 

¿Puede una persona en situación regular ser procesada y expulsada de Estados Unidos? Si una persona no es ciudadana, o no puede probar su estatus de ciudadanía, la persona puede ser arrestada por Entrada Ilegal si el oficial de paz tiene causa probable para creer que entró a Texas desde una nación extranjera en un lugar que no sea un puerto de entrada legal. Esto significa que incluso las personas que tienen estatus legal, incluyendo una concesión de asilo o DACA, todavía estarán sujetas a arresto por Entrada Ilegal y sólo pueden presentar esas defensas afirmativas en el momento del juicio. Además, incluso si una persona tiene estatus legal, si la persona es un no-ciudadano que ha sido previamente expulsado de Texas (o salió del país después de que se le negó la admisión, excluido o deportado) y se encuentra en cualquier lugar en Texas por la aplicación de la ley la persona estará sujeta a arresto por Reingreso Ilegal y no será capaz de plantear la presencia legal como una defensa afirmativa.   

¿Y si tengo una solicitud de inmigración pendiente? No es una defensa a la acusación que una persona tiene una solicitud de inmigración pendiente por lo que la persona seguirá siendo objeto de detención, el tribunal no disminuirá (o detener) la acusación, y una persona no puede utilizar el hecho de una solicitud pendiente como una defensa afirmativa en su juicio.  

¿Cuándo se convertirá en ley el SB4 y cuál es el plazo de prescripción?  

El gobernador Abbott promulgó la ley SB4 el 18 de diciembre de 2024 y, a menos que se presente una demanda exitosa que impida su implementación, entrará en vigor el 5 de marzo de 2024. El plazo de prescripción para los delitos menores en Texas es de dos años, lo que significa que un agente de la ley puede arrestar a cualquier persona por entrada ilegal si se trata de un no ciudadano que ha entrado en Texas desde un país extranjero por un lugar que no sea un puerto de entrada en los dos años anteriores.  

Aunque hay otros desafíos legales que se pueden hacer con respecto a una solicitud ex post facto, que requiere tener un abogado plantear esos desafíos después de la detención, enjuiciamiento y encarcelamiento (suponiendo que la persona no aceptó previamente la expulsión). Mientras que el cargo de reingreso ilegal también tiene un plazo de prescripción de dos años, se considera un delito continuado, por lo que el tiempo no empieza a correr hasta que la persona se encuentra en Texas. Eso significa que cualquier expulsión anterior, incluso una que haya ocurrido hace décadas, todavía sometería a un no-ciudadano a ser procesado por Reingreso Ilegal si alguna vez es encontrado en cualquier lugar de Texas en cualquier momento. El plazo de prescripción para el delito de Reingreso Ilegal y el delito de Incumplimiento de la Orden de Retorno es de 3 años. 

¿Cómo pueden prepararse la población y las comunidades de Texas para la SB4? 

Las personas y las comunidades de todo Texas deben prepararse para el SB4 mediante la concienciación y la educación para garantizar que los inmigrantes y los ciudadanos no sean detenidos, arrestados y expulsados (deportados) injustamente por las fuerzas del orden estatales. Es importante que los miembros de la comunidad entiendan qué tipo de conducta está penalizada, así como cuáles son los derechos constitucionales de todas las personas, independientemente de su estatus migratorio, y cómo hacer valer e invocar adecuadamente los derechos constitucionales para minimizar los riesgos de detención y expulsión por Entrada Ilegal y Reingreso Ilegal.  

Cuarta Enmienda 

Los 4th Enmienda protege a todas las personas contra registros e incautaciones irrazonables y establece que una persona nunca tiene que estar de acuerdo con un registro de su domicilio, vehículo o propiedad individual sin una orden judicial. Invocar la 4th La protección de la Enmienda incluye no consentir el registro de pertenencias personales, incluidos los documentos de identidad.  

A menos que una persona esté conduciendo (en cuyo caso la persona debe proporcionar una licencia de conducir válida y seguro) nadie está obligado a mostrar identificación a un oficial de la ley estatal. La única información que una persona debe proporcionar es el nombre, la dirección de residencia y la fecha de nacimiento después de la detención si un oficial de la paz solicita la información. después de una detención legal (con el fin de evitar un enjuiciamiento posterior por Falta de Identificación bajo el Código Penal de Texas 38.02). Proporcionar a la policía documentos de identificación extranjeros puede establecer causa probable de que la persona es un no-ciudadano que entró a Texas de una nación extranjera en un lugar que no sea un puerto de entrada (por ejemplo, si un pasaporte extranjero no tiene un I-94/prueba de admisión en un puerto de entrada o si un documento establece que la persona entró a los Estados Unidos sin admisión). Por esa razón, cualquier persona que no tenga un pasaporte estadounidense, un documento de identidad o permiso de conducir de Texas, o un documento que demuestre que entró en Texas desde un puerto de entrada debe invocar el 4th Enmienda y no permitir el registro de bienes o la inspección de documentos de identidad o de inmigración.  

Quinta Enmienda 

Los 5th La Enmienda protege a todas las personas contra la autoincriminación. Si las fuerzas del orden no observan físicamente a una persona que no es ciudadana entrar en Texas desde un país extranjero por un lugar que no sea un puerto de entrada, la única otra forma de establecer una causa probable es obtener esa información de la persona investigada (ya sea interrogándola o proporcionándole documentación). Por ese motivo, es importante que las personas conozcan sus derechos y no faciliten a las fuerzas de seguridad del estado ninguna información que pueda conducir a su detención. Nadie debe responder a ninguna pregunta sobre su ciudadanía o estatus migratorio a las fuerzas de seguridad del estado. Lo que es más importante, cualquier persona que no sea ciudadana y que haya entrado a Texas desde una nación extranjera por un lugar que no sea un puerto de entrada debe invocar sus 5th Enmienda a permanecer en silencio, especialmente en lo que se refiere a cómo entraron en Texas. Invocando la 5th Enmienda requiere que una persona la invoque verbalmente diciendo "Invoco mi 5th Enmienda a permanecer en silencio y querer hablar con un abogado". 

Sexta Enmienda 

Los 6th La enmienda garantiza que toda persona detenida por un delito contemplado en el SB4 tiene derecho a un abogado y a solicitar la designación de un letrado si no puede permitírselo. Sin embargo, aunque se le garantice un abogado, la persona no tiene derecho a ser representada por un letrado durante la instrucción judicial, que es el momento crucial en virtud de la SB4 en el que la persona debe decidir si acepta ser expulsada a la nación extranjera en la que supuestamente ha entrado en lugar de seguir siendo procesada y encarcelada. Por esa razón, es crucial que cualquier persona detenida bajo SB4 solicite su 6th Enmienda a la asistencia letrada, aunque ello retrase su puesta en libertad. 

¿Qué documentos debe mostrar una persona a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado durante un encuentro policial? Toda persona que no disponga de pasaporte estadounidense, carné de identidad o carné de conducir de Texas, o un documento que demuestre que entró en Texas desde un puerto de entrada, deberá invocar su 4th y los derechos de la 5ª Enmienda y no permitir que las fuerzas del orden registren la propiedad y no proporcionar otros documentos de identificación o de inmigración a las fuerzas del orden. Incluso un no-ciudadano que entró en Texas desde una nación extranjera desde un lugar que no sea un puerto de entrada que ha sido procesado por los funcionarios federales de inmigración seguirá siendo objeto de detención, enjuiciamiento y expulsión estatal por Entrada Ilegal. Si un no ciudadano tiene una orden de expulsión previa, es probable que sea descubierto por la policía estatal durante cualquier tipo de comprobación de base de datos de aplicación de la ley una vez que se proporciona la identificación y si esa persona se encuentra en Texas en cualquier momento, será arrestado por Reingreso Ilegal.  

¿Qué debo hacer si yo o alguien que conozco es detenido por un delito del artículo SB4?  

Dónde se llevarán? Si una persona es arrestada por Entrada Ilegal o Reentrada Ilegal, según el Artículo 15.17 del Código de Procedimiento Penal de Texas, la persona debe ser llevada ante un magistrado en un plazo de 48 horas para que el magistrado determine la causa probable, informe a la persona de los cargos y fije la fianza. El Artículo 17.033 del Código de Procedimiento Penal de Texas exige que la persona sea puesta en libertad bajo fianza en un plazo de 24 horas tras la detención si un magistrado no ha determinado la causa probable. Es posible que la persona sea llevada en persona ante el magistrado en la cárcel del condado donde ocurrió el arresto. Sin embargo, la ley también permite que la persona detenida comparezca ante un magistrado dentro de este plazo a través de videoconferencia y esto puede ser en un condado diferente al de la detención. Basándonos en los procesamientos actuales de la Operación Lone Star, es probable que si una persona es detenida por un delito contemplado en la SB4 cerca de la frontera entre Texas y México, sea llevada a un centro de procesamiento temporal en un condado cercano, donde será puesta ante un ordenador para su registro judicial por videoconferencia. 

Qué ocurrirá durante el registro? Es durante este procedimiento de registro que, después de una determinación de causa probable, a la persona se le dará inicialmente la opción de aceptar una orden de regresar a la nación extranjera desde la que entró en lugar de ser llevado a la cárcel para su posterior enjuiciamiento. Si una persona acepta una orden de expulsión estatal, será trasladada a un puerto de entrada y se le ordenará regresar al país extranjero, aunque el SB 4 no establece un plazo para que se produzca este traslado. Por lo tanto, una persona puede tener que esperar días o semanas bajo custodia para ser transportada a un puerto de entrada. Si la persona no acepta ser trasladada por el Estado, se le impondrá una fianza penal y será detenida para su posterior procesamiento.   

¿Podrá la persona consultar con un abogado durante el registro?? Con arreglo a la legislación vigente, no es obligatorio disponer de un abogado en el momento del registro civil. Además, incluso si una persona ya tiene un abogado, no tiene derecho a que un abogado esté presente durante el registro judicial, ni a ponerse en contacto con un abogado durante el registro judicial. Por lo tanto, es probable que la persona detenida tenga que tomar esta decisión sobre si acepta una orden estatal de expulsión a una nación extranjera sin poder consultar con un abogado o con sus familiares.  

¿Cuáles son las consecuencias de aceptar una orden estatal de expulsión en lugar de continuar el proceso?? Una salida del país puede acarrear consecuencias permanentes y negativas en la ley de inmigración, incluida la terminación de las solicitudes pendientes y la imposición de prohibiciones de regreso prolongadas y permanentes. Aceptar una orden de expulsión estatal también someterá a la persona a una acusación posterior por reingreso ilegal si regresa a Estados Unidos. Esto podría causar una puerta giratoria interminable de procesamientos y expulsiones estatales e impedir que la persona pueda solicitar asilo u otras formas de ayuda migratoria a las autoridades federales de inmigración. Además, si una persona acepta una orden de expulsión y luego no la cumple (o cambia de opinión después de haber aceptado la orden), en virtud del SB 4 la persona será procesada por un delito grave de segundo grado de Incumplimiento de la Orden de Retorno, castigado con penas de 2 a 20 años de prisión.  

¿Qué debo hacer si yo o alguien que conozco es detenido por un delito del artículo 4 del Código Penal?? Dadas las graves y potencialmente devastadoras consecuencias de una orden de expulsión estatal, es imperativo que se consulte a un abogado antes de que una persona acepte una orden de expulsión estatal, aunque solicitar asesoramiento legal suponga que la persona sea llevada a la cárcel para su posterior enjuiciamiento. Hay muchos desafíos legales que sólo se pueden hacer después de consultar con un abogado.  

 

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